miércoles, 5 de febrero de 2014

GETXO Y SU SERVICIO DE CORREOS -II-


Siguiendo con las entradas relativas al servicio de correos y telégrafos, hoy traigo a estas páginas cómo fueron aquellos inicios del servicio regular.
 
Como decía en la entrada del miércoles 13 de febrero de 2013 “Carros y caballerizas en Getxo”, el correo entre Bilbao y Algorta en 1.847 sólo se recibía tres días a la semana (lunes, jueves y sábados). La comunicación entre Bilbao y Algorta se realizaba, en 1.864, por una diligencia denominada “La Paloma”, coche muy pequeño y de color amarillo. A ella iban enganchados cuatro animales de tiro, un macho de gran alzada, un caballo de aspecto ruin, una mula de no mejor aspecto y un viejo caballo blanco y huesudo más adelante. Ante el incremento de viajeros, se incluyó una diligencia con mayores comodidades: “El Joven Faustino”. 
 
La construcción de caminos que enlazaban los barrios con los centros de población (Las Arenas, Algorta) con Bilbao tuvieron gran importancia. La red de carreteras de más enjundia se empieza a realizar a mediados del siglo XIX (1.850) en Getxo. Entre ellas, las comunicaciones de la “Avanzada” con Las Arenas, Berango y Ereaga. 

 
Poco tiempo más tarde entrarían en funcionamiento el tranvía de Bilbao a Las Arenas y Algorta (1877), eléctrico desde (1896); el ferrocarril de Bilbao a Las Arenas (1.887), y de Las Arenas a Plentzia (1.893); y el Puente Bizkaia, que unió ambas margenes de la Ría (1.893). 
 
Volvamos a las comunicaciones mediante el correo:
 
En Getxo y hasta mediados del siglo XIX dichas comunicaciones eran escasas o muy deficitarias. Los mensajes se realizaban mediante diligencias conducidas por caballos, lo que hizo que a mediados de dicho siglo, el Ayuntamiento de Getxo se viera en la tesitura de tener que organizar un servicio de correos rápido y eficaz, pero sobre todo diario. Este medio de transporte continuaría hasta la irrupción del tranvía y el ferrocarril. 
 
Así quedaba recogido en el acta del 20 de Noviembre de 1855. En dicha sesión, bajo la presidencia del entonces Alcalde de Getxo, Valentin de Eguiraun, se plasmaban los motivos por los que se debía de proceder de forma urgente, a la reorganización del servicio municipal de correos, para que el funcionamiento del mismo fuera diario. Entre dichas consideraciones se hablaba del importante aumento de población, que como hemos visto anteriormente, empezaba a ser importante. Además, en esos años existía un importante flujo comercial con la península, las Antillas, Europa y lo que denominaban “Las Américas”. 

 
A tal fin se creó una comisión compuesta por los señores D. Antonio de Artega y D. Miguel Antonio de Uriarte, con el encargo de formular “...un proyecto, bajo las bases mas ventajosas, con atención a las circunstancias y rendimientos de la correspondencia, por un quinquenio...”. 
 
Dicho acuerdo no fue aceptado por los ediles que se había nombrado para tal menester. El 7 de Diciembre de 1855, se celebró una sesión ordinaria en el Ayuntamiento de Getxo. En dicha sesión se daba cuenta del estado del proyecto de correo diario. El regidor municipal daba cuenta de la negativa y pasaba a establecer la condiciones de aquel nuevo servicio: 
 
Como primer punto se acordaba la creación de dicho servicio diario para la conducción de la correspondencia. 
 
En su segundo punto se establecía abonar de los fondos municipales la cantidad de 4 reales diarios para satisfacer el costo del servicio del conductor del correo, exceptuando los domingos y festivos.
 
En el tercer punto de las condiciones se acordaba que el conductor no podría recibir ninguna otra cantidad del municipio por dicho servicio. 

 
En el cuarto punto se decía que el encargado del servicio recaudaría 12 maravedís, (antigua moneda medieval utilizada entre los siglos XI y XIV, que sirvió como unidad de cuenta hasta el siglo XIX, acuñada por primera vez por los almorávides, con origen etimológico árabe), por cada carta, pliego o bulto que contuviera la valija; 6 reales por trimestre a los periódicos diarios y cuatro para los no diarios.
 
En el quinto punto se establecía una retribución de 4 reales por carta o bulto para el encargado administrador, por su trabajo de distribución y reparto de la correspondencia en su despacho, formación de listas y cuentas. 
 
En el sexto punto se decía que tanto la correspondencia municipal, como la de la judicatura y el boletín oficial quedaban exentos de pago.
 
En el séptimo punto se establecía la retribución de 4 reales para Maria Rita de Elorriaga, antigua conductora de la diligencia, que se encontraba imposibilitada, a quien se le abonarían de forma vitalicia en concepto de jubilación.
 
En el octavo punto se establecía que el resto de la recaudación iría a beneficio de la Caja Municipal para pago del suplemento del conductor u otras incidencias. 
 
En el noveno y último punto se encomendaba al administrador o encargado la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir el espíritu que animaba aquel acuerdo, que queda a expensas de la aprobación por “la superioridad”. 

Firmaban el acta del acuerdo Valentin de Eguiraun, Antonio de Retureta, Juan Bautista de Sarria, Juan Cruz de Ajuria, Pedro de Momoytio, Simón de Egusquiza e Ignacio de Arias (secretario). 
 
El 7 de Diciembre de 1855 se establecían las condiciones de trabajo de la persona encargada de la conducción del correo: 
 
Entre ellas se acordaba que los futuros conductores fueran varones, con edades comprendidas entre los 16 y 50 años y sin defecto físico. Así mismo se indicaba que el conductor podría valerse de caballería para realizar el servicio, debiendo comenzar el mismo a primera hora, nada más recibir el correo, no pudiendo pararse en el recorrido, ni en su propia casa. Tampoco podría llevar valijas ajenas al servicio, ni hacer entrega de encargos bajo la multa de dos ducados (Antigua moneda de oro, acuñada entre finales del siglo XV y mediados del XVI, y utilizada como unidad de cuenta, equivalente a 375 maravedíes). 
 
El conductor debía de esperar en Bilbao a la llegada del correo diario. En invierno (de Octubre a Marzo) hasta las doce del medio día, y en verano (de Abril a Septiembre) hasta las 14 horas. Pasado aquel horario podía volver con la correspondencia que hubiera llegado, o esperar al día siguiente en el caso de que no hubiera llegado correspondencia alguna. Pudiendo pernoctar en Bilbao. Debía traer un justificante del encargado de Bilbao de no haber recibido correspondencia ese día. 

 
También se establecían las condiciones de trabajo del encargado del despacho de correos: 
 
El encargado de la oficina de correos debía tener abierta la misma, por la mañana de 8 a 12 horas, por la tarde desde la 14 a la hora de la “oración angelical” diariamente. Se hacía excepción de los domingos y festivos, que estaría abierto hasta las 10 de la mañana. A la llegada del correo el encargado debía elaborar unas listas de lo recibido y exponerlas al público. Debiendo expender y cobrar lo estipulado así como rendir cuentas trimestralmente al Ayuntamiento. 
 
Si la llegada del correo o valija era más tarde del horario establecido, pero antes de las 21 horas, se debía de despachar la correspondencia a cualquier habitante de Getxo que lo solicitara, no siendo obligatorio hacerlo si pasaba en exceso la hora citada. Así mismo, si cualquier vecino por olvido o ignorancia, dejaba de recoger su correspondencia, se le enviaba a domicilio debiendo de abonar 4 reales. Tenía obligación de tener y expender sellos de franqueo para la península y ultramar. Para la prensa y correo de otras poblaciones se establecía un sobre coste. 

 
El 9 de Diciembre de 1855 se remitía carta a la Diputación informando de la puesta en servicio de aquel correo diario, con un presupuesto anual de 500 reales, y se solicitaba su aprobación. 
 
El 12 de Diciembre de 1855 eran aprobadas por la Diputación General de Bizkaia las condiciones del servicio de correos establecidas por el Ayuntamiento de Getxo. 
 
En la próxima entrada iremos viendo los pasos que se dieron hasta el cambio de siglo.

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